Registro de jornada laboral obligatorio

¿Sabías que a partir del 12 de mayo será obligatorio realizar el registro de la jornada laboral?

El Real Decreto Ley 8/2019 de 8 de marzo, tendrá efecto a partir del 12 de mayo, con el mismo se pretende acabar con la precariedad laboral de los trabajadores y que la Seguridad Social reciba las cotizaciones correspondientes a las horas trabajadas por cada empleado.

¿Qué debe de hacer la empresa?

  1. Registro de jornada diaria obligatorio, el mismo contendrá el horario de inicio y finalización de jornada de cada uno de los trabajadores, respetando siempre la flexibilidad horaria en el caso de que existiese.
  2. Los registros horarios deberán de ser conservados por la empresa durante los 4 años siguiente, pudiendo ser consultados en cualquier momento por trabajadores, sindicatos o Inspección de Trabajo.
  3. Las multas se graduarán según sea la falta, entre grado mínimo, medio o máximo e irán desde los 626€ hasta los 6250€

La Confederación Nacional de Instaladores y Mantenedores, propone el siguiente modelo de registro de jornada, que está disponible para su descarga en el siguiente enlace:

http://www.cni-instaladores.com/volcado/articulos/Modelo%20Registro%20jornada%20laboral.pdf

Ante cualquier duda, podéis poneros en contacto con Afoncasa.

Scroll al inicio