Nueva regulación en el traslado de residuos

Novedades en la gestión de residuos

Hace un mes entraba en vigor el Real Decreto 553/2020 que regula el traslado de residuos en el interior del territorio del Estado. Introduce novedades con respecto a las empresas instaladoras, ampliando la responsabilidad sobre el instalador en cuanto a la gestión de los residuos.

Nace el nuevo Sistema de Información de Residuos (eSIR) para centralizar la documentación relacionado con el traslado y el tratamiento de residuos.

Las empresas de instalación o mantenimiento, se consideran productores de residuos y es responsable hasta que el residuo es tratado.

Se excluye del concepto de traslado, el transporte de residuos entre las instalaciones donde se genera el residuo y las instalaciones de la empresa de instalación o mantenimiento (productor del residuo). Por tanto, la retirada de un equipo viejo y traslado hasta la empresa instaladora no se considera traslado de residuos y no se le aplicará esta ley. (art.1,3,b)

El transporte de esos residuos desde el instalador (productor) a la planta de tratamiento sí está sujeto a este real decreto.

Para el tratamiento se exige la formalización de un contrato de tratamiento que deberá de especificar, entre otras, cantidad estimada de residuos a trasladar, origen y destino de los mismos, tratamiento final de los residuos así como la periodicidad estimada de los traslados, las obligaciones de las partes en relación a la posibilidad de rechazo de los residuos por parte del destinatario.

Documentación de Identificación (DI) que debe acompañar en todo momento al residuo sujeto del traslado. Una vez el residuo llega su destino final (sin que sea ninguno de los dos almacenes intermedios por los que puede pasar), el operador del traslado debe recibir este documento validado por la administración y el gestor final, y el instalador debe guardar dicho documento como mínimo 5 años para posibles inspecciones.

La novedad es el anexo III relativo al contenido mínimo del documento de identificación cuando no se necesita notificación previa, con intención de avanzar en una mayor armonización en todo el territorio del Estado. Todos los trámites previstos en este real decreto se efectuarán por vía electrónica. A estos efectos, todos los documentos de traslados estarán disponibles en formato electrónico y único para todo el territorio del Estado.

Esta nueva normativa implica por tanto una mayor responsabilidad por parte de los instaladores en relación con la adecuada instalación o desinstalación de los equipos, y su adecuada gestión como residuo, exigiendo que se llevan a cabo acorde a los protocolos técnicos que conforman las buenas prácticas profesionales.

Equipos de climatización y refrigeración, por contener gases como los hidrofluorocarbonos (HFC), sustancias con potencial agotamiento del ozono (ODP) y potencial calentamiento global (PCA). El aire acondicionado desinstalado es un residuo peligroso y el instalador es responsable hasta su gestión final

Cualquier duda que te surja sobre esta información, contacta con nosotros en el mail afoncasa@afoncasa.org

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